DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Admite totalmente la acusación en contra del ciudadano ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN en contra de ELADIO RAFAEL POLANCO MAVO por los Delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FÚTILES, previsto y penado en el artículo 406 ordinal 1º del Código Penal en perjuicio del ciudadano DIAZ DUCLOT EDGAR ALEXANDER (OCCISO); así como LESIONES PERSONALES INTENCIONALES LEVES previsto y penado en el artículo 416 ejusdem, en perjuicio de los ciudadanos RICHARD ZAID PARDO y CARLOS ALBERTO VELAZCO DUCLOT, y las pruebas testimoniales y documentales ofrecidas por la Fiscalía, por ser legales, licitas, necesarias y pertinentes, y se condena por el procedimiento de Admisión de los hechos a la pena de DIEZ 10 AÑOS 7 MESES Y 15 DIAS DE PRISIÓN, mas las accesorias .....