D E C I S I O N
En merito de los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y Por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADO el Desistimiento de la Demanda de DIVORCIO, presentada por el ciudadano ROMULO JOSE MIQUILENA PAYARES, titular de la cedula Nº V-11.763.261, domiciliado en el Municipio Carirubana del estado Falcón, con domicilio en el Municipio Carirubana del Estado Falcón, actuando en contra de la ciudadana YECENIA YIXIS VILLALOBOS MIQUILENA, titular de la cedula Nº V-14.863.632, domiciliada en el Municipio San Francisco del Estado Zulia, por DIVORCIO, en consecuencia se le da el carácter de Cosa Juzgada y se da por terminado el presente procedimiento, ordenando el archivo del expediente.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la natur.....