En fecha 16/09/2011 se le da entrad a Despacho, emanado del Juzgado Tercero del Municipio Miranda librado en el Juicio por COBRO DE BOLÍVARES, intentado por la Abg. YANET Y. BLANCO C. con el carácter de Apoderada de la ciudadana HELIN M. ARÉVALO L., en contra de la Sociedad Mercantil ALIANZAS VENEZUELA CORO, C.A., y en el que se Decretó Medida de Embargo Preventivo sobre Bienes Muebles propiedad de la parte Demandada de autos. Para su fiel y estricto cumplimiento se ordenara el traslado del tribunal para la practica de laq me4didea, una vez que la parte interesada asi lo solicite, lo cual se hara por auto separado.
En fecha 01/11/2011 se dicta auto mediante la cual se provee diligencia suscrita por el Abg. Wilman Castro, quien consigna ante este Tribunal Copia Certificada de Poder Apud Apta, que riela al folio 23 del expediente N° 2042, contentivo de la causa principal, que le fuera otorgado por la ciudadana HELIN A. LUGO, Agréguese a los autos el citado Poder y Téngase co.....