este tribunal Cuarto de Control en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decreta de conformidad con el artículo 310 del Código Orgánico Procesal Penal DECLARAR CON LUGAR lo solicitado por el Ministerio Público y ORDENA LIBRAR MANDATO DE CONDUCCION a la ciudadana: RAYLYS DEL VALLE COSSI CARRASQUERO, titular de la cédula de identidad Nro.- 13. 107. 772, quien tiene como lugar de habitación en: Barrio La Chinita, Calle Principal, Casa sin número, con frisos en la esquina de esa misma calle cerca de abastos Chiquitín, Punto Fijo Estado Falcón, para que la misma sea conducido hasta la ya citada Fiscalía a objeto de ser entrevistada sobre los hechos o investigaciones, por ser testigo en uno de los delitos CONTRA LAS PERSONAS; En consecuencia: Acuerda librar el oficio, a la D.I.S.I.P con sede en Punto Fijo Estado Falcón, a los fines se sirvan tramitar lo conducente para el cumplimiento cabal del MANDATO DE CONDUCCIÓN decretado en contra de la prec.....