En fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Parcialmente con lugar la apelación interpuesta por el abogado Francisco Limonchy, como apoderado del ciudadano PABLO HURTADO RODRÍGUEZ, contra el fallo de fecha 14 de julio de 2008, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de esta Circunscripción Judicial, y mediante la cual decretó embargo preventivo por la suma de ciento doce mil trescientos noventa y dos bolívares fuertes (112.392,oo Bs F), sobre bienes propiedad de Constructora de Diseños y Obras Civiles, con motivo del juicio que por intimación incoara contra ésta el señor PABLO HURTADO, fundado en el embargo de una letra de cambio librada a favor de este último, sin aviso y sin protesto para ser pagada en la ciudad de Punto Fijo, por la suma de cuarenta millones de bolívares (40.000. Bs) de inter.....