En consecuencia por haber quedado el reconvenido confeso en la presente causa este Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
1. CON LUGAR, la reconvención planteada por el ciudadano Laureano Segundo Romero Jiménez en contra del ciudadano Miguel José Leal Granadillo.-
2. Se declara confesó el reconvenido Miguel José Leal Granadillo, por no haber dado contestación a la reconvención ni presentado en tiempo en el tiempo establecido la promoción de sus probanzas.-
3. Se condena al ciudadano Miguel José Leal Granadillo, a hacer la tradición legal de la vivienda ubicada en la Urbanización Monseñor, calle 02 Nro. 46 del Municipio Miranda del Estado Falcón
4. Se condena en costas a la parte reconvenida ciudadano Miguel José Leal Granadillo, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Có.....