En consecuencia, este Juzgado Segundo de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: DECRETA LA LIBERTAD PLENA al ciudadano ELIO ANTONIO GUANIPA ARIAS, plenamente identificado anteriormente ,de conformidad con el articulo 44 ordinales 1° y 5° de la Constitución Bolivariana de Venezuela y artículos 8 y 9 del Código Orgánico Procesal Penal. Líbrese la correspondiente Boleta de Libertad. Así mismo, por cuanto se desprende del asunto que el imputado no cuenta con defensor de confianza se le designa como Defensora a la Abg. EDNA MOLINA, en su condición de Defensora Pública Tercera Penal, en virtud de encontrarse de guardia. Líbrese la respectiva boleta de notificaciones y remítase las presentes actuaciones a la Fiscalia del Ministerio Publico en su oportunidad legal para que prosiga con la investigación. Cúmplase con lo acordado.-
LA JUEZA SEGUNDO DE CONTROL
ABG. YANIS M.....