En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el ciudadano RENE PAVEL AMAYA HIGUERA, asistido por el abogado Edgar García Salazar, mediante diligencia de fecha 23 de octubre de 2015.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión dictada en fecha 20 de octubre de 2015, por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, mediante la cual decretó la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en el juicio de DAÑOS MATERIALES DERIVADOS DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO, interpuesto por el ciudadano RENE PAVEL AMAYA HIGUERA contra el ciudadano ROSMEL FREITES, la EMPRESA FARALLON AQUACULTURE VENEZUELA, C.A., representada por el ciudadano JOSÉ FABREGA, y la empresa asegurado.....