este Juzgado Primero de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda de impugnación de reconocimiento voluntario, incoada por el ciudadano Santiago José Flores Díaz, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V 10.872.741, debidamente asistido por la abogada en ejercicio Aura Alicia Bolívar Sánchez, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el n.° 19.675, en contra de la ciudadana Patsy Josefina Pinto Ascanio, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad n.° V- 7.908.199, y en relación a la Niña SE OMITE EL NOMBRE.
En consecuencia se determina, que la niña SE OMITE EL NOMBRE, no es hija del prenombrado ciudadano Santiago José Flores Díaz y se establece, que la Niña se llamará en lo sucesivo SE OMITE EL NOMBRE. Se ordena .....