ESTE TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY pasa a declarar: INADMISIBLE la demanda por TACHA DE FALSEDAD de documento público negocial, incoado por el profesional del derecho JOSE LUIS ISEA inpreabogado número 62.758, actuando en representación del ciudadano JESUS MARIA GARCIA SAENZ, español, mayor de edad, pasaporte número PAA048830, en contra del ciudadano ESTEBAN GILBERTO JIMENEZ MANAURE, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 7.494.747, de este domicilio, representado por el profesional del derecho AMILCAR ANTEQUERA LUGO, inpreabogado número 103.204. En consecuencia queda establecido que todo lo actuado por el Tribunal y las partes a partir del auto de admisión de la demanda en fecha veintisiete (27) de octubre de dos mil veintidós (2022), hasta el auto de fec.....