esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: PRIMERO: Admisibles los Recursos de Apelación interpuestos, EL PRIMERO de ellos por el Abg. José Rafael Lastra, plenamente identificado, en su condición de Defensor Privado del ciudadano Bernal Antonio Chirinos Álvarez, previamente identificado; Y EL SEGUNDO de ellos interpuesto por los Abogados Arnaldo Lugo Navarro e Istar Soley Muñoz González, previamente identificados, en su condición de Defensores Privados del ciudadano Neovardo Antonio Rivas Jurado, plenamente identificados , ambos recurso intentados en contra auto publicado por el Tribunal Segundo de Control de este Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, el día 09 de marzo de 2011, en el asunto IP01-P-2011-000988, resolución esta que decretó la Medida de Pr.....