DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos: JOHANA ELENA TORRES URQUIA y JEAN CARLOS OJEDA RODRIGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-15.258.142 y V-13.847.344, respectivamente, de este domicilio, asistido por el abogado en ejercicio WUILIAN YAMIL RIERA, debidamente inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 55.568, en consecuencia se decreta la DISOLUCION del vínculo matrimonial que los unía.