DISPOSITIVA
En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Cumplidos los requisitos establecidos en el 308 del Código Orgánico Procesal Penal, admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal en contra del ciudadano WILMER RAMÓN VENTURA COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.477.224, de 54 años de edad, de profesión u oficio Vigilante en la Alcaldía de la Vela, 6to grado de instrucción, natural de La Vela y domiciliado Sector Colombia Sur, Calle N° 9, Cerca de la Casa Comunal, La Vela, Estado Falcón, hijo de Saturnino Ventura y Margarita Colina, número de teléfono: 0414-688-5228; por estar presuntamente incurso en la comisión del de.....