DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, éste Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA conforme con las previsiones establecidas en los artículos 246, 250 y 254 del Código Orgánico Procesal Penal y de acuerdo al dispositivo del artículo 460 del Código Penal, que se refiere al delito de Robo Agravado, la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra los ciudadanos JOSE GREGORIO PIÑA, de nacionalidad venezolana, natural de Punto Fijo, Estado Falcón, titular de la Cédula de Identidad N° 9.583.884, de cuarenta (40) años de edad, nacido en fecha 06-02-63, de estado civil casado, alfabeta, de profesión u oficio mecánico y residenciado en Punta Cardón, Calle Cardón Grande, Casa N° 66, frente a la Carnicería Colina y ALVARO LUIS BARRENO CARRASQUERO, indocumentado, de n.....