DECLARA CON LUGAR LA RECTIFICACION DEL ACTA DE DEFUNCION del ciudadano NAPOLEON CAHUAO HERNANDEZ, en la forma siguiente: en donde se coloco el segundo apellido CAGUAO debe decir: CAHUAO, como es lo correcto. Todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil. Expídase por secretaria copia certificada de la presente decisión, y remítase una al Coordinador de Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Falcón y al Registrador Principal del Estado Falcón, a los efectos de los artículos 502 del Código Civil y 774 del Código de Procedimiento Civil.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON. EN SANTA ANA DE CORO, A LOS 03 DIAS DEL MES DE JULIO DE DOS MIL OCHO (2008). AÑOS: 197 DE LA INDEPENDENCIA Y 149 DE LA FEDERACION.
EL JUEZ TEMPORAL
ABG. EDUARDO YU.....