Por las razones expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, extensión Punto Fijo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda de OFRECIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN interpuesta por el ciudadano ALCIDES JOSÉ LÓPEZ PINEDA, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-10.612.504, soltero, de profesión u oficio comerciante, domiciliado en la urbanización Casacoima, calle Juan Crisóstomo Falcón, casa N° 34-28, Quinta Alcimarys, municipio Carirubana del estado Falcón, en contra de la ciudadana NAYNIMAR CHIQUINQUIRA GOTOPO MOLLEJA, también venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-16.439.232, soltera, de profesión u oficio Comunicadora Social, domiciliada en sector Bella Vista, calle Punto Fijo, casa N°01, municipio Carirubana del esta.....