Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO MUTUO ACUERDO presentada por los ciudadanos: MILDRED JOSEFINA SANCHEZ DE PUERTA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.046.728, número de teléfono: 0412-864-2757, domiciliada en el Sector 5 de Julio, Calle Nueva, Quinta Margei, Santa Ana Coro, municipio Miranda del estado Falcón; y GRENOE JOSE PUERTA ESCALONA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-8.596.277, domiciliado en el Sector Capadare, Municipio Acosta del Estado Falcón; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeron ante el Jefe Civil de la parroquia Capadare, Municipio Autónomo Acosta del Estado F.....