Este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDA LA APELACIÓN, interpuesta por el Abogado YONEISE SIERRA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 86.001, actuando en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandante ciudadano MARIO VENANCIO YORIS OBERTO, en contra de la sentencia dictada en fecha 10 de Junio de 2009, por el Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio tanto del Nuevo Régimen como del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Coro, mediante el cual declaró Primero: DESISTIDA LA ACCION, en el juicio que por Indemnización por Accidente Laboral tiene incoado el ciudadano YORIS OBERTO MARIO VENANCIO contra el INSTITUTO POSTAL TELEGRAFICO (IPOSTEL) DE LA ENTIDAD FALCON; Segundo: Como consecuencia de lo anterior se declara SIN LUGAR .....