En virtud de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal 2º en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley de conformidad con lo establecido en los artículos 346 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 375 eiusdem, resuelve: Primero: CONDENA a CINCO (5) AÑOS de prisión al ciudadano IRWIN JESUS VERA, titular de la cédula de identidad Nº 14.262.939 venezolano, de 39 años de edad, nacido en fecha 21/01/1974, de profesión obrero y natural de esta ciudad, residenciado en la calle El Tenis con calle Silva, Quinta Papaito, cerca del Hospital General, Coro estado Falcón (actualmente detenido en la Comunidad Penitenciaria), por la comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÓN, previsto y castigado en el artículo 149, segundo aparte, de la Ley Orgánica de Drogas y OCULTAMIENTO DE MUNICIO.....