EL MERITO FAVORABLE DE LA DEMANDA:
Promueve a titulo de prueba, el Mérito favorable que se evidencia del libelo de la demanda y de otras actuaciones del expediente. Sobre este particular, la solicitud de apreciación del Merito Favorable de los autos no es un medio de prueba sino la solicitud de aplicación del Principio de la Comunidad de Prueba, o de adquisición, que rige en todo sistema probatorio venezolano y que el Juez esta en el deber de aplicar de oficio siempre, sin necesidad de alegación de parte, por lo cual, no se admite como medio probatorio. Y así se decide.