En consecuencia este Tribunal Segundo de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de La República y por Autoridad de la Ley Ordena La Libertad Plena del Ciudadano: LUÍS E. QUEVEDO GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V-09.585.055. Se decreta el Procedimiento Ordinario de conformidad a lo previsto en el artículo 373, del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto el imputado viene en libertad, no se libra la boleta respectiva, remítase el presente asunto penal, a la Fiscalía Décima Quinta del Ministerio Público, a los fines de que se continue con las investigaciones. Y Asi Se Decide, oficiese lo conducente. Cumplase
La Juez Segundo de Control
La Secretaria
Abog. Límida Labarca Báez
Abog.Yrene Tremont O.
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