Este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, HOMOLOGA el desistimiento realizado por abogada KATHERINE CALADO, inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 178.844, actuando con el carácter de apoderada judicial de CORPOFALCON, en el convenio consignado, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena el desglose de los documentos solicitados y en su lugar déjese copias certificadas. ASI QUEDA ESTABLECIDO.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.
Dado, firmado y sellado en la Sala del Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Santa Ana de Coro a los cuatro (04) días del mes de Febrero del Dos Mil Quince (2.015). Años: 204 de la Independencia y 155 .....