esta Corte de Apelaciones Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: ADMISIBLE EL RECURSO DE APELACIÓN ejercido por el Abogado ALBERTO PÉREZ, en su carácter de Defensor Público de la Unidad de Defensa Pública del ciudadano OSCAR ERICK GONZÁLEZ DÍAZ, arriba identificado, contra la sentencia dictada por el Juzgado Único de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial Penal, Extensión Tucacas, que DECLARÓ CULPABLE del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA al identificado ciudadano, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y lo condenó a sufrir una pena de UN (01) AÑO DE PRISIÓN y a las penas accesorias que contempla el artículo 16 del Código Penal. SEGUNDO: SE DECLARA INADMISIBLE POR EXTEMPORANEA LA CONTESTACIÓN DEL RECURSO DE APELACIÓN efectuada por la Representante de la Fiscalía Décima Novena del Ministerio Púb.....