En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por el abogado Wilfredo Antonio Miranda Hidalgo, mediante escrito de fecha 11 enero de 2016.
SEGUNDO: Se CONFIRMA el auto de fecha 18 de diciembre de 2015, dictado por el Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de esta Circunscripción Judicial, en el cual se declaró INADMISIBLE la prueba de experticia promovida por el demandado, con motivo del juicio de DESALOJO (Local Comercial), seguido por el ciudadano NADER ANWAR JOMAH MOHAMAD, contra el ciudadano OMAR ABUEL KHIR CHARAF MERCHID, en su carácter de Presidente de la firma mercantil SOCIEDAD MERCANTIL SAMAR STILOS C.A.
TERCERO: Se condena en costas a la parte d.....