Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Extensión Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR a la solicitud de divorcio (185-A) de los ciudadanos JOSÉ LUIS EIZAGA SAAVEDRA y ANA MARIA MENDOZA DE EIZAGA, en consecuencia DISUELTO el Vínculo matrimonial que contrajeron entre sí.-