declara la NULIDAD del auto de fecha 10 de noviembre de 2014 y las actuaciones posteriores a dicho auto, ya que el mismo afecta la validez del proceso. En consecuencia y, conforme al artículo 211 ejusdem, se REPONE la causa al estado de dar Contestación a la Demanda, por cuanto la parte demandada ya se encuentra a derecho, haciéndosele saber a las partes que el lapso para contestar indicado en el auto de admisión de fecha 15-07-2014, comenzara a transcurrir a partir del día de despacho siguiente al presente auto