Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, actuando en sede civil, y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado Cesar Mavo, contra de la decisión dictada en fecha 17 de diciembre del 2008 por el Juzgado Tercero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
SEGUNDO: CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la decisión dictada en fecha 17 de diciembre del 2008 por el Juzgado Tercero del Municipio Carirubana de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo.
Remítase el presente expediente al Tribunal de origen.
Déjese copia certificada del presente fallo en el archivo del Tribunal.
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