Por todo lo antes expuesto este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta Orden de Aprehensión en contra de los ciudadanos: EDMUNDO JUNIOR LUGO RODOLFO y WILLY JOSE PIÑEREZ GOMEZ, ya identificados, por el Delito de por el Delito de HOMICIDIO INTENCIONALCALIFICADO, previsto en el artículo 406 del Código Penal, en perjuicio de UBENCIO DIAZ DIAZ.