este Tribunal Primero de Juicio extensión Punto Fijo del Estado Falcón, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Abandonada la Querella interpuesta por los ciudadanos Wilmer José Hurtado Yánez, Angel Rafael Perozo Henríquez, Yolis Margarita Hurtado de Díaz, Wilmer José Hurtado Díaz, Yoel Yowi Hurtado Díaz, y Yolmary del Valle Hurtado Díaz, asistidos por la Johanna Yeraldin Cedeño Primera, contra los ciudadanos Alexander Gutiérrez Liliana Díaz de Gutiérrez, Yoel Díaz, Alexander Gutiérrez, por presunta comisión del delito de Difamación e Injuria previsto y sancionado en el artículo 442 del Código Penal, todo de conformidad a lo establecido en el tercer aparte del artículo 416 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes del presente auto. Así se decide.-