Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecución de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda que por NULIDAD ABSOLUTA incoada por la TERESA DE JESÚS DE LEÓN COLINA, venezolana, mayor de edad, Divorciada, titular de la cédula de identidad Nº 4.639.188, de este domicilio, representada judicialmente por la abogada Mercely Aracelis Martínez Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro°. 110.1159. En contra de la ciudadana EDITH CONCEPCIÓN ATACHO DE LEÓN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 11.139.132; asistida por los abogados Daniel Josué Aguero Suárez y Lizmary Cristina Espinoza de Agüero, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 229.604 Y 102.060, respectivamente.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante, por haber resultado.....