Asimismo, por cuanto el delito por el cual fue condenado ciudadano Asdrúbal José Lugo Rodríguez no esta exento de la posibilidad de otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, se acuerda solicitar al Ministerio del Interior y Justicia, la constancia de antecedentes penales, así como también se ordena oficiar a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Falcón a los fines de que dicha Institución efectúe el respectivo Examen Psicosocial al penado acorde con el beneficio por el cual puede optar.
Notifíquese del presente auto a la Fiscalía Décima Séptima con competencia en materia de Ejecución del Ministerio Público del Estado Falcón, a la Defensa y al penado. Certifíquense las copias correspondientes del cómputo y con oficio remítanse a la Dirección de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Falcón y al Dirección del Internado Judicial del Estado Falcón. Cúmplase.-
El JUEZ PRI.....