este Tribunal Quinto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón ubicado en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA PRIMERO: Declara con lugar lo solicitado por el Ministerio Público en cuanto a la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos ESPINOZA GUSTAVO ENRIQUE, GARCÍA GAMEZ JEISON JOSÉ, plenamente identificados por la presunta comisión de los delitos de Robo Agravado y Porte Ilícito de Arma de Fuego, conforme a los artículos 458, 273 del Código Penal en concordancia con el artículo 277 eiusdem, en perjuicio de Inversiones Distribuidora Médico Dental Dismedenca, ya que existen suficientes y fundados elementos de convicción que señalan a los imputados como los autores de los delitos mencionados SEGUNDO: Se decreta el procedimiento ordinario, conforme a los artículos 280 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal......