Acto seguido la ciudadana Jueza oídas las exposiciones de las partes, y revisadas las actuaciones que conforman el presente asunto, procedió brevemente a exponer los fundamentos de hecho y de derecho de su determinación judicial, procediendo a emitir su dispositiva la cual es del tenor siguiente: ESTE TRIBUNAL SEGUNDO DE CONTROL DE LA SECCIÓN DE RESPONSABILIDAD PENAL DE ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN DE CORO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la solicitud fiscal en cuanto a la precalificación fiscal contra el adolescente RAWVIL YAMIL BRITO CHIRINOS , como Facsímil De Arma De Fuego previsto y sancionado en el artículos 114 de la Ley Para El Desarme Y Control De Arma Y Municiones, y SE DECRETA solicitando según lo establecido en el articulo 582 de la LOPNNA los siguientes literal "B" entregándoselo a su representante Legal literal C" presentación cada quince .....