En suma y con fundamento en las razones que preceden, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara sin lugar el recurso de apelación interpuesto por el abogado WILMER ANTONIO BRACHO PÉREZ, en su condición de Defensor Privado del ciudadano JORGE LUIS SÁNCHEZ, contra el auto que declaró la procedencia de la Medida Privativa de libertad del mencionado ciudadano, dictado por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Control de este Circuito Judicial Penal extensión Punto Fijo. Del Estado Falcón, en fecha 19 de Julio de 2005 por la presunta comisión del delito HOMICIDIO INTECIONAL previstos y sancionado en el articulo 405 del Código Penal.
Publíquese, regístrese y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada e la Sala de Audiencias de las Corte de Apelaciones, a los 04 días del mes de Noviembre del año 2005. .....