En fecha 11 de Enero de 2002 el tribunal de Ejecución dictó auto de ejecución de la sentencia a fin de realizar el computo de la misma tal como corre inserto en los folios dos (02) y Tres (03) de la pieza N° Tres (03) de las presentes actuaciones fijando la fecha del cumplimiento de la sanción para el día 27 de Noviembre del año 2003, imponiendo al adolescente de ese auto en fecha 15 de Enero del año 2002, folio nueve (09) pieza N° tres (03), en fecha treinta (30) de Enero de 2002 el tribunal dictó donde ordena la incorporación del trabajador social como integrante del equipo multidisciplinario que tendrá el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de la sanción impuesta al adolescente folio diez (10), pieza N° tres (03) , así mismo en fecha Dos (02) de Julio de 2003 el Tribunal de Ejecución acuerda el cambio de residencia del adolescente a la siguiente dirección: Playa Norte, vía los Cocos, casa S/N, al lado del Edificio Ojito de Agua, Chichiriviche, Municipio Monseñor Iturriz.....