En consecuencia, éste Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley acuerda: La libertad del acusado Ramírez Salazar José Ángel, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad numero: 13.934.792 y le impone Medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en el artículo 256 ordinales: 3, 4,6, del Código Organito Procesal Penal, consistentes en la presentación periódica ante el alguacilazgo de esta extensión del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, todos los días sábados en un horario comprendido entre las 8:30 de la mañana y 3:30 de la tarde, la prohibición de salir sin la autorización del Tribunal del Estado Falcón, y la prohibición de comunicarse con la victima y sus familiares, y Así se decide. Ofíciese al Internado Judicial de la ciudad de Coro ordenando el traslado del acus.....