En consecuencia, por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR las apelaciones ejercidas por los abogados Alberto José Barrera Gómez y Aura Alicia Bolívar Sánchez, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la demandada reconviniente sociedad mercantil VAMEN, C.A. COMPAÑÍA ANÓNIMA (VAMENCA), mediante diligencias de fechas 1 y 5 de noviembre de 2012.
SEGUNDO: Se CONFIRMA auto de fecha 30 de octubre de 2012, dictado por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, mediante el cual negó el decreto de la medida preventiva de secuestro solicitada en el juicio de RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO, incoado por la ciudadana MARÍA PIA STEFANELLI, en su.....