Este Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por NULIDAD incoara la sociedad mercantil INVERSIONES GELISCAP, C.A., contra la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NASE, C.A. En consecuencia, se declaran Nulas las Asambleas Generales Ordinarias de Accionistas de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA NASE, C.A., celebradas en fechas 27 de septiembre de 2017, registrada en fecha 28 de noviembre de 2017, inscrita bajo el No 159, Tomo 73-A RM1; y 12 de diciembre de 2019, registrada en fecha 15 de enero de 2020, inscrita a bajo el No 44, Tomo 1-A RM1, ambas ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, así como todas aquellas asambleas sucesivas que se hayan celebrado con posterioridad a la última de las nombradas.