Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Primera Instancia actuando en funciones de Primero de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta: PRIMERO: SE DECRETA LA MEDIDA PRIVATIVA DE LIBERTAD en contra del ciudadano VICTOR JULIO AMAYA DIAZ, de nacionalidad venezolana, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.-25.605.594, de 19 años de edad, nacido en fecha 17 de diciembre de 1995, de estado civil Soltero, de ocupación obrero, natural de Punto Fijo, Estado Falcón y residenciado el sector 2 las margaritas, calle 9, vereda 8, casa Nº 9 Punto Fijo estado falcón, por la presunta comision de los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el articulo 458 del Codito Penal y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal y LESIONES MENOS GRAVES del articulo 413 del código Penal previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal previsto en el articulo 236, 237 y 238 del Código Orgá.....