Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: SE REVISA LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD por solicitud interpuesta por el Abogado FRANCISCO MARRERO BOLÍVAR constante de ocho (8) folios mediante el cual solicita la REVISIÓN O REVOCACIÓN DE LA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL DE LIBERTAD del ciudadano OMAR VIERAS ALVAREZ, conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, constatando este Tribunal de Control que hasta la presente fecha, no han variado las circunstancias bajo las cuales esta Instancia Judicial dictó la medida de privación judicial de libertad en fecha 01 de agosto de 2012, como son: 1. Un hecho punible que merezca pena privativa de libertad y cuya acción penal no se encuentre evidentemente prescrita; 2. Fundados elementos de convicción para estimar que el im.....