Por las razones expuesta este TRIBUNAL SUPERIOR DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO FALCON, CON SEDE EN PUNTO FIJO, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PERECIDO EL RECURSO de apelación interpuesto por el ciudadano OSWALDO ENRIQUE GRANADILLO PEREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 13.975.356, asistido en este acto por la abogada en ejercicio YELITZA CAROLINA MIQUILENA SANCHEZ, venezolana, mayor de edad, debidamente inscrito en el I.PS.A bajo el No. 122.867, contra la sentencia dictada en fecha 09 de Diciembre de 2008, por el Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Falcón con sede en Punto Fijo, con motivo de la Solicitud de Divorcio 185 ¿A del Código Civil.
Bájese el expediente al Tribunal a quo en la oportunidad legal.-
Publíquese, regístres.....