...de otro modo su omisión o incumplimiento, acarreará la perención de la instancia", declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio. Así se decide, impartiendo justicia en nombre de la República por Autoridad de la Ley. Notifíquese a la actora de la presente decisión, a los fines del ejercicio del recurso establecido en el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese y Regístrese;
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los cinco (05) días del mes de Marzo del año dos mil nueve.-Años: 198º de la Independencia y 150º de la Federación.
El Juez Titular,
Abog. Camilo Hurtado Lores.
La Secretaria Titular,
Abog. .....