DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos este Tribunal Primero de Control Extensión Punto Fijo del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, dicta el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: SE DECLINA LA COMPETENCIA, del presente asunto en relación a la aprehensión del Ciudadano CARLOS JOSÉ SILVA, titular de la Cédula de Identidad No. V- 16.748.345, ante el Tribunal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, en San Felipe, quien lo solicita, a donde se acuerda la remisión de las presentes actuaciones junto al aprehendido, y sea puesto a la orden de dicho Tribunal y dicte la decisión que corresponda.
SEGUNDO: Se comisiona a la División de Capturas del Cicpc de Esta Ciudad de Punto Fijo, a los efectos que haga el traslado con la seguridad del caso a dicha jurisdicción, todo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 .....