DISPOSITIVA
Por los motivos de hecho y derecho antes expuestos, este Juzgado Segundo de los Municipios Falcón y Los Taques de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio 185-A formulada por los ciudadanos CLEMENCIA MARIELYS GIL ZAMBRANO y LUIS ANTONIO GALVIZ HIDALGO, ambos ya identificados en autos. En consecuencia queda DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que les unía, en virtud de matrimonio civil celebrado el día 16 de Mayo del año 2002, por ante la oficina del Registro Civil de la Parroquia Adícora, Municipio Falcón del Estado Falcón, lo cual consta de acta inserta bajo el Nº 04 de los Libros de Matrimonio Civil llevados por la Comisión de Registro Civil y Electoral de la Parroquia Adícora, Municipio y Estado Falcón. Ahora bien, por cuanto los solicitantes no adquirieron bienes durante la sociedad conyugal, ni proc.....