éste Tribunal Único de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Estado Falcón, en su extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, atendiendo las facultades que le confieren el artículo 479 Ejusdem, Decreta la aprehensión Judicial del penado , NICOLAS ALBERTO BENAVIDES, quién es venezolano, mayor de edad, cedulado con el número 10.686.071, cuya última residencia por éste aportada es la : Calle 05 casa Nº 11-99; (detrás del Terminal de pasajeros) en la ciudad de Santa Bárbara, Estado Zulia, residencia de la Sra. CARMEN AURORA BENAVIDES (madre del penado), o en el Barrio Las Trinitarias, Etapa Nº 03, Parcela N° 89, Maracaibo Estado Zulia; todo ello de conformidad con lo pautado en el primer aparte del artículo 480 del Copp, en concordancia con lo pautado con el artículo 250 Ejusdem, y así se decide.
Se ordena oficiar a todos lo órganos de investigaciones penales, tanto principales como auxiliares, en especial los.....