Por las consideraciones expuestas, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, administrando justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, y por autoridad de la ley, DECLARA: PRIMERO: Admitidas las pruebas promovidas por los Abogados AMILCAR ANTEQUERA LUGO, inscritos en el Inpreabogado bajo el No. 103.204, actuando en condición de Apoderado Judicial del ciudadano: HENRY PONTILES BARRIENTOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No.4.108.945; SEGUNDO: Admitidas las pruebas promovidas por al abogado IVAN ROBLES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No 91.879, a excepción de la prueba de Inspección Judicial, por los motivos ya explanados, obrando en representación de la empresa COMPAÑÍA ANONIMA DE ADMINISTRACION Y FOMENTO ELECTRICO (CADAFE), inscrita por ante el registro Mercantil Cuarto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado M.....