este Tribunal Primero de Juicio ,Administrando Justicia En Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: INADMISIBLE LA RECUSACION planteada en mi contra por el ciudadano EDWARD RICARDO VELASQUEZ RODRIGUEZ ya identificado, debidamente asistido por el Abogado GUILLERMO TREMONT VELAZCO, titular de la cédula de identidad personal No 3.090.900..por haber sido interpuesta fuera de la oportunidad legal todo de conformidad con el Artículo 92 del Código Orgánico Procesal Penal.- Así se decide .Notifíquese lo conducente. Cúmplase.-