este Juzgado de los Municipios Acosta, San Francisco, Jacura y Cacique Manaure de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil Venezolano ORDENA EN FORMA SUMARIA, ESTAMPAR LA DEBIDA NOTA marginal: PRIMERO: En el Acta de Matrimonio celebrado por el ciudadano Alcalde del Municipio San Francisco del entonces Distrito Acosta del Estado Falcón en fecha 16 de noviembre de 1979, asentada bajo el Nº 57 de los libros respectivos, de la siguiente manera: Donde dice "Compareció también la prenombrada contrayente de dieciséis años de edad, soltera, venezolana, de oficios del hogar, nacida el día 25-06-63, titular de la cédula Nº 7.473.220...", refiriéndose a los datos de identificación de la solicitante, ciudadana CELIDA RAMONA ARTEAGA GUTIERREZ, debe decir: "Compareció también la prenombrada contrayente de dieciséis años de edad,.....