Este Tribunal de Ejecución de Responsabilidad Penal del Adolescente de Santa Ana de Coro Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara parcialmente con lugar la solicitud de la defensa de los adolescentes; al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , al cumplimiento de Un (1) año y Ocho (8) meses, de sanción, los cuales los cumplirá con las siguientes medidas Un (1) año de privación de libertad, que culminara el día 19 del mes de Mayo del 2009 y Ocho (8) meses de Libertad Asistida, luego de culminada la privación de Libertad; a tal efecto se declara el cese de la Privación de Libertad al adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , y en fecha Cuatro (04) de Mayo de 2009, comenzará el régimen de Libertad Asistida, por ante el Departamento de Libertad Asistida, en la Avenida Pumarosa con Calle Girardot, frente al Colegi.....