DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos: JOSE MIGUEL ANDARA AMPIES y MAYRA ALEXANDRA HERNANDEZ RAMOS, venezolanos, mayores de edad, civilmente hábiles en cuanto a derecho se refiere, titulares de las cédulas de identidad números: V-15.189.518 y V-13.508.572 respectivamente, domiciliados el primero de los nombrados en la Carretera Nacional Morón Coro, Kilómetro 60, Tucacas, Municipio Silva del Estado Falcón y la segunda en la Urbanización Flor del Paraíso, Manzana B, casa 9, Municipio San Diego del Estado Carabobo, asistidos por la abogado LINET CAROLINA CALDERA MOLINA, inscrita en el Instituto de Previsión del Abogado bajo el numero 135.459. Queda en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los unía hasta la fecha.